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Todos los pasos y procedimientos de la Formación Bonificada o Programada. – Congresos de formacion

Todos los pasos y procedimientos de la Formación Bonificada o Programada.

En el proceso de la Formación Bonificada, al principio las empresas deben conocer el saldo real de su crédito de formación, el cual puede aparecer en el aplicativo de Fundae, y corresponde a la cuantía de la cual dispone la empresa durante el año como ayuda para la formación que imparte sus trabajadores. Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).

En el caso de empresas con menos de 50 trabajadores se puede acumular el crédito que no consumido en el presente ejercicio para los dos siguientes. Para ello, se debe marcar la casilla correspondiente en la aplicación antes del 30 de junio. Si no comunica esta reserva del crédito, todo lo sobrante se pierde y no se permite aprovechar en los próximos años.

Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Bonificada. Dicha gestión puede realizarla la propia empresa (bonificada), o una entidad organizadora. En el caso de grupos de empresas, la gestión puede realizarla una de las empresas del grupo designada para tal fin. Puede ocurrir que participe un gestor administrativo que realiza únicamente las comunicaciones en la aplicación.

Si la empresa dispone de Representación Legal de los Trabajadores, se les debe informar sobre denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas, colectivos destinatarios y número de participantes por acción formativa, calendario previsto de ejecución, medios pedagógicos, criterios de selección de los participantes, lugar previsto de impartición, y balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.

Existirá una comunicación de inicio, y para ello se debe dar de alta en la aplicación la acción formativa, y a continuación comunicar el inicio del grupo formativo. La formación debe ser gratuita para los participantes. La duración total del curso no puede ser inferior a 2 horas. La formación no puede superar las 8 horas diarias, a menos que se haga en un solo día.

El número de participantes no deberá exceder 30 en modalidad presencial, y 80 por tutor en Teleformación por la mañana y 80 por la tarde.

Antes de aplicar la bonificación, debes comunicar la finalización del curso a través de la aplicación, desde su fecha de fin y, en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre. Para ello, se indicarán los datos de los participantes que han finalizado la formación (que hayan realizado 75 % del curso), los costes del curso (directos, indirectos y de organización), la cuantía y el mes en el que te vas a bonificar, …

Si la empresa tiene más de 5 trabajadores, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación a lo largo del año. Para el cálculo de esta aportación, se tendrán en cuenta los Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.

Una vez comunicada la finalización en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, puedes aplicarte la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social. Siempre que se esté al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social, la formación esté comunicada e impartida.

La empresa no puede bonificar una cantidad mayor al crédito disponible, y al mismo tiempo debe comprobar la cofinanciación, la vida laboral de los participantes,… Si dicha comprobación resultase no conforme, recibirás, mediante una notificación electrónica, una comunicación indicando los motivos, disponiendo de un plazo de diez días para realizar las alegaciones oportunas.