CAUSAS DE NO CONFORMIDAD EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN PROGRAMADA

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Formación Bonificada y errores en la Conciliación

En la Formación programada o bonificada, las causas que ocasionan la diferencia entre la bonificación aplicada y el Crédito Conciliado, son las siguientes:

  • Incumplimiento del porcentaje de colectivos prioritarios exigido. Dejan un margen de error del 5%.
  • Incumplimiento del porcentaje de aportación privada exigido (Cofinanciación).
  • Anulación/incidentación de los participantes por irregularidades en la vida laboral.
  • El importe de la bonificación aplicada en la web de la FTFE es menor que la cantidad bonificada en los seguros sociales (indicada en la TGSS).
  • Impacto económico del seguimiento por incidencias detectadas a nivel de grupo, participante o en justificación de costes.
  • Otros motivos: Errores RLT, formación no finalizada, etc.

En cuanto al Incumplimiento del porcentaje de Colectivos Prioritarios o de Aportación Privada, la empresa no ha alcanzado los porcentajes que indica la normativa, en función de la plantilla media, y por ello debe presentar aclaraciones o alegaciones. La entidad bonificada deberá aportar los documentos justificativos de nóminas, contratos, convenios colectivos, TC, costes adicionales (directos, asociados o salariales) que los acrediten correctamente (facturas, nóminas, pagos,…), … que demuestren que se han cumplido los % obligatorios.

Respecto a la Anulación / Incidentación de participantes por irregularidad en la Vida Laboral. los datos de los participantes comunicados a la Fundación son validados con las Bases de Datos de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se anularán aquellos participantes que, al comienzo del curso, no se encontraran de alta en la Seguridad Social, por tanto, se descontará el coste correspondiente.

La posibles aclaraciones a presentar (en el plazo 15 días) deben aportarse documentación acreditativa: TC2 normalizados, certificado de Vida Laboral del participante, acreditación de procesos de fusión, etc.
Importante: con carácter general, la subsanación de las causas de anulación de participantes conllevará el recálculo de los costes correspondientes. En estos casos, no será necesario presentar aclaración al ajuste en costes.

Respecto a la incidencia del importe de la bonificación aplicada en la página Web de la FTFE con una cantidad menor que el importe de la bonificación aplicada según la Tes. General Seguridad Social, las cantidades que se comunican correctamente a través de la aplicación de la Fundación, actúan como límite de la bonificación aplicable. Las posibles aclaraciones a presentar se pueden basar en algún problema en las comunicaciones a través de la aplicación de la Fundación (inicio, finalización, etc.), deberá acreditarse documentalmente este hecho.
También podrán presentarse aclaraciones de cursos en los que no se ha cumplimentado el mes de bonificación o la cuantía es incorrecta, indicando a tal fin, el mes e importe correctos.

En el caso del Impacto económico por el seguimiento, el SEPE realiza actuaciones: A tiempo real, Expost y comprobación de las bonificaciones aplicadas. Se pueden dar distintas situaciones: Grupos incidentados o anulados, Participantes incidentados, e Incidencias en la justificación de costes. Las aclaraciones pueden ser:

  • Incidencias grupo: se deben aportar evidencias que sustenten que el grupo se desarrolló en fechas, horarios, lugar y demás condiciones comunicadas en el inicio.
  • Incidencias de participantes: se deben aportar evidencias que sustenten que el participante realizó, al menos, el 75% del curso y que los datos comunicados del participante son los correctos.
  • Incidencias costes: se deben aportar detalles de cálculo, nuevos documentos con las incidencias corregidas, anexos a los documentos enviados completando datos, justificaciones de costes no aportados con anterioridad o soportes justificativos de nuevos costes.