El contrato para la formación y el aprendizaje busca cualificar al aprendiz compaginando ámbito laboral y formativo, con especial atención en el marco del sistema de formación profesional para el empleo y los Certificados de profesionalidad.
El trabajador contratado debe tener menos de 30 años, la duración tiene en la mayoría de los casos un mínimo de 1 año de duración, y los incentivos pueden llegar a una reducción de las cuotas empresariales del 100%.
Las horas de formación se pueden financiar en los seguros sociales en función del 25% para el primer año, aunque puede ser superior para los alumnos beneficiarios de garantía juvenil. Si tras la finalización del contrato se transforma en indefinido la ayuda para la empresa están entre 1500-1800 €.
El aprendiz tiene total protección social, desempleo y cualificación profesional, además sus horas de formación deben estar relacionada con la actividad laboral desempeñada en la empresa.
El objetivo de la formación es la cualificación profesional de las personas trabajadoras, por ello se utilizarán los Certificados de Profesionalidad de nivel 1,2 y 3 de cualificación, y se podrá incluir formación complementaria que esté incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas.
Los cursos pueden ser en la modalidad presencial o Teleformación y lo imparten los centros acreditados/inscritos. La actividad formativa será autorizada previamente al inicio del contrato por la administración competente, para ello se utiliza una aplicación informática donde se solicita y registra electrónicamente la autorización de los contratos cuyo lugar de trabajo esté en una Comunidad Autónoma que tenga suscrito el convenio de colaboración para la utilización del Registro Electrónico del Sepe.
Para realizar la solicitud se debe rellenar cada apartado del formulario, y al final de la cumplimentación se guarda y envía. Se debe rellenar y presentar una solicitud por cada contrato para la formación. La empresa solicitante de la autorización de inicio debe disponer de firma digital.
La actividad formativa se realiza en centros acreditados y está relacionada con la actividad laboral desempeñada en el puesto de trabajo. El aprendiz debe reunir los requisitos de acceso establecidos en la correspondiente normativa y la bonificación obliga a que se asocie a algún Certificados de Profesionalidad.
La solicitud se resolverá antes de 1 mes, en caso contrario, la no resolución en dicho plazo indica silencio administrativo positivo.