Los Presupuestos Generales del Estado confirman el sistema de formación bonificada o programada.

Los Presupuestos Generales del Estado 2021 en su disposición adicional centésima vigésima cuarta detallan los aspectos de la financiación de la formación profesional para el empleo, y la confirmación de la Formación de Demanda o Programada. Indica que los fondos provenientes de la cuota de formación profesional se destinarán a financiar los gastos del sistema de FP, incluyendo los programas públicos de empleo y formación para impulsar y extender entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda a sus necesidades del mercado laboral y un desarrollo de una economía basada en el conocimiento.

El SEPE – Servicio Público de Empleo Estatal gestionará los programas de formación profesional para el empleo, con cargo a los créditos en su presupuesto de gastos. El 50% de los fondos se destinará inicialmente a la financiación de los gastos necesarios para la ejecución de las iniciativas formativas dirigidas prioritariamente a ocupados, y al gasto de Fundae. Con carácter específico, se incluyen en este apartado las iniciativas de formación programada por las empresas; los permisos individuales de formación; la oferta formativa para trabajadores ocupados, y la formación en las Administraciones Públicas.

El 50% restante se destinará inicialmente a financiar los gastos necesarios para la ejecución de las iniciativas formativas dirigidas prioritariamente a desempleados, así como los programas públicos de empleo-formación, y la formación impartida con carácter extraordinario a través de la red pública de centros de formación, con el fin de garantizar una oferta formativa de calidad dirigida a ocupados y desempleados, según indica la Ley 30/2015.

Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo a la Ley 30/2015, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2020 el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, es para empresas de 6 a 9 trabajadores: 100%, plantilla de 10 a 49 trabajadores: 75%, empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%, y las de 250 o más trabajadores: 50%.

Las micropymes de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje. Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año 2021 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.

Los PIF siguen funcionando igual, ya que las empresas que durante el año 2021 concedan Permisos dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual. También se le dado especial importancia a la formación de los trabajadores en ERTE, cuyo colectivo han declarado como prioritario de cara a formarse durante 2021.

La financiación de la actividad formativa inherente al contrato para la formación y el aprendizaje se realizará de conformidad con lo establecido en la normativa reglamentaria que regula la impartición y las características de la formación recibida por los trabajadores. Y la financiación de la formación profesional en las Administraciones Públicas, se destinará un 6,165% calculado sobre un porcentaje del 50% de la cuantía indicada.

El Real Decreto 2/2020 por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, atribuye al Ministerio de Educación y Formación Profesional competencias en materia de formación profesional para el empleo. Para su financiación, se ingresará en el Tesoro Público la parte de la cuota de formación profesional que acuerden de manera conjunta los Ministerios de Educación y FP y de Trabajo, manteniendo su afectación a la realización de gastos en materia de formación profesional para el empleo por parte del Ministerio de Educación y FP.

Las CCAA con competencias estatutariamente asumidas en materia de políticas activas de empleo recibirán del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con sus competencias en materia de formación profesional para el empleo, las transferencias de fondos para la financiación de las subvenciones en el ámbito de la FPE gestionadas por dichas Comunidades, no vinculada con certificados de profesionalidad, en la cuantía que resulte de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.