Presentación de Alegaciones ante Fundae y Sepe. Cursos Bonificados

Presentación de Alegaciones ante Fundae y Sepe. Cursos Bonificados

Fundae dispone de «Guía para la presentación de alegaciones», que es un documento dirigido a entidades y empresas que participan en el sistema de formación bonificada para el empleo en España, detallando el procedimiento para la presentación de alegaciones en caso de discrepancias con las bonificaciones aplicadas según la Ley 30/2015 y el Real Decreto 694/2017.

 

El documento esboza las causas comunes por las que se puede recibir una comunicación de «No conforme» por parte del SEPE, como discrepancias en las bonificaciones aplicadas, errores en la comunicación dentro del sistema electrónico del SEPE, y la no conformidad en los requisitos de cofinanciación privada, entre otros. Además, se proporciona una estructura detallada sobre cómo presentar las alegaciones adecuadamente, destacando la importancia de hacerlo dentro de un marco temporal específico y mediante los canales electrónicos establecidos.

 

El documento titulado “GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES” es una guía detallada que proporciona información sobre cómo presentar alegaciones en relación con la formación en el empleo. Aquí tienes un resumen de los puntos clave:

 

    1. Introducción: La guía explica el proceso de comprobación de las bonificaciones aplicadas, que compara la comunicación realizada a través de la aplicación telemática del SEPE y la bonificación practicada por la empresa. Este proceso puede resultar en una conformidad o no conformidad.
    2. Causas de comunicación ‘No conforme’: Se detallan varias causas que pueden resultar en una comunicación ‘No conforme’, como la bonificación aplicada según la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que es superior al crédito asignado o a la bonificación notificada en el sistema electrónico del SEPE, entre otras.
    3. Devolución de la diferencia: En caso de estar de acuerdo con el resultado de la comprobación, o si las incidencias notificadas no son subsanables, se debe efectuar el correspondiente ingreso en la cuenta bancaria del Banco de España, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.
    4. Incidencias en la vida laboral: Los datos de los participantes comunicados son contrastados con las bases de la TGSS en el momento de su cumplimentación. Se anulan aquellos que no estén dados de alta en la fecha de inicio de la formación en la empresa beneficiaria.
    5. Justificación de costes (ex post): Se requiere la presentación de soportes justificativos de los costes de la formación tras la finalización de la misma.
    6. Actuaciones de seguimiento: Son actuaciones que realizan principalmente Sepe, ya sea en tiempo real o ex post.
    7. Impacto económico del seguimiento por incidencias detectadas: Las incidencias detectadas en las actuaciones de control se detallan en varios anexos de la comunicación.

 

Las empresas que participan en la formación bonificada a través de Fundae y SEPE pueden recibir notificaciones de conciliaciones no conformes. Estas notificaciones indican que hay diferencias entre la bonificación aplicada por la empresa y la que se reconoce por parte de la administración.

Causas de las conciliaciones no conformes:

      1. Bonificación superior al crédito asignado: La empresa ha aplicado una bonificación mayor a la que le corresponde por su crédito disponible o por la formación notificada en el sistema del SEPE.
      2. Bonificación fuera de plazo: La empresa ha aplicado la bonificación en los boletines de cotización fuera del plazo establecido.
      3. Comunicación incorrecta en el sistema del SEPE: La empresa ha cometido un error al comunicar la información de la formación en el sistema.
      4. Entidad no cumple los requisitos: La empresa no cumple con los requisitos para bonificarse la formación, como por ejemplo ser una administración pública o no haber cotizado en el ejercicio anterior.
      5. Participantes o permisos anulados: Se han anulado permisos individuales de formación o hay incidencias con los participantes.
      6. Incumplimiento de la cofinanciación privada: La empresa no ha cumplido con la obligación de cofinanciar la formación.
      7. Impacto económico de incidencias: Se han detectado incidencias que afectan al impacto económico de la formación.
      8. Notificación en códigos de cuenta incorrectos: La empresa ha comunicado la formación en códigos de cuenta de cotización incorrectos.
      9. Grupo sin comunicación de importe bonificado: La empresa no ha indicado el mes y el importe de la bonificación en la página de costes de la acción formativa.

Cómo presentar alegaciones:

En caso de recibir una conciliación no conforme, la empresa tiene 10 días hábiles para presentar alegaciones. Las alegaciones se deben presentar a través del sistema electrónico de Fundae.

En las alegaciones, la empresa debe:

      • Explicar los motivos por los que no está conforme con la conciliación.
      • Aportar la documentación que justifique su posición.

A continuación, te presentamos algunos ejemplos de alegaciones para las causas más comunes:

    1. Bonificación superior al crédito asignado:
    • Alegación: La empresa ha bonificado la formación por un importe inferior al crédito disponible. Se adjunta certificado de la TGSS que acredita el crédito disponible.
    1. Bonificación fuera de plazo:
    • Alegación: La empresa ha bonificado la formación dentro del plazo establecido. Se adjunta copia de los boletines de cotización.
    1. Comunicación incorrecta en el sistema del SEPE:
    • Alegación: La empresa ha comunicado la información de la formación de forma correcta. Se adjunta captura de pantalla del sistema del SEPE.
    1. Entidad no cumple los requisitos:
    • Alegación: La empresa cumple con todos los requisitos para bonificarse la formación. Se adjunta documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos.
    1. Participantes o permisos anulados:
    • Alegación: Se han subsanado las incidencias con los participantes o permisos. Se adjunta documentación que acredita la subsanación de las incidencias.
    1. Incumplimiento de la cofinanciación privada:
    • Alegación: La empresa ha cumplido con la obligación de cofinanciar la formación. Se adjunta justificante del pago de la cofinanciación.
    1. Impacto económico de incidencias:
    • Alegación: La empresa ha subsanado las incidencias que afectaban al impacto económico de la formación. Se adjunta documentación que acredita la subsanación de las incidencias.
    1. Notificación en códigos de cuenta incorrectos:
    • Alegación: La empresa ha comunicado la formación en los códigos de cuenta correctos. Se adjunta copia de los boletines de cotización.
    1. Grupo sin comunicación de importe bonificado:
    • Alegación: La empresa ha comunicado el mes y el importe de la bonificación en la página de costes de la acción formativa. Se adjunta captura de pantalla de la página de costes.

 

Cuando una empresa recibe una notificación de «No conforme» de Fundae, indica discrepancias entre la formación bonificada aplicada y los registros de Fundae o SEPE. Las causas pueden ser diversas, como errores en la cantidad bonificada, notificaciones fuera de plazo o incumplimientos de los requisitos de cofinanciación. Ante esto, las empresas tienen la oportunidad de presentar alegaciones, justificando las discrepancias o corrigiendo los errores señalados. Es un proceso clave para asegurar que la empresa pueda aprovechar su crédito de formación adecuadamente y cumplir con la normativa vigente.