La evaluación en la formación online (elearning)

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La evaluación en la formación online (elearning)

Cómo evaluar los cursos de teleformación

La evaluación del aprendizaje es el proceso que permite determinar el grado de asimilación de los contenidos del curso por parte de los participantes. Se trata de medir en los alumnos el nivel de modificación producido en el conocimiento, habilidades o actitudes, atribuible a la formación recibida.

La evaluación se desarrollará ajustándose a una planificación previa en la que constarán para cada módulo o unidad formativa una estimación de las fechas pre­vistas para la evaluación, los espacios donde se llevará a cabo, y los instrumentos de evaluación que serán utilizados.

La evaluación durante el proceso de enseñanza-aprendizaje se realiza te­niendo en cuenta los resultados obtenidos en la valoración de las actividades y trabajos realizados en la plataforma virtual de forma individual y/o colaborativa, incluyendo si existen las tutorías presenciales. Esta nota supondrá un 30% de la nota final del módulo formativo.

La evaluación final del módulo se llevará a cabo mediante una prueba final de carácter presencial y global referida al conjunto de las capacidades y criterios de evaluación de dicho módulo. Para presentarse a la prueba final del módulo forma­tivo, los participantes deberán haber realizado todas las actividades de aprendizaje establecidas para dicho módulo. Esta nota supondrá un 70% de la nota final del módulo formativo, y el alumno debe obtener una nota mínima de 5.

Los coordinadores, tutores o formadores están obligados a elaborar un acta de evaluación en la que quedará constancia de los resultados obtenidos por los alumnos. El acta, que estará firmada por el formador y por la persona responsable del centro o entidad en la que la acción formativa se haya impartido, incluirá la identificación de los alumnos con nombre, apellidos, DNI y resultados en cada uno de los módulos o unidades formativas, en términos de “apto” o “no apto”.

El centro acreditado en teleformación que imparta acciones formativas corres­pondientes a certificados de profesionalidad deberá entregar a la administración competente, antes de tres meses desde la finalización de la formación, las actas de evaluación firmadas y los documentos donde se reflejen los resultados de la misma. Dicha administración competente es la responsable de expedir el certificado de profe­sionalidad y la responsable de la custodia de las actas de evaluación.