La Formación obligatoria de la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). También en Metal TPM.

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Con la TPC (Tarjeta Profesional de la Construcción) se certifica que el poseedor ha recibido al menos la formación inicial de prevención de riesgos laborales y se cuenta con experiencia profesional acreditada. Demuestra la formación recibida por el trabajador, es decir, acredita la formación inicial y la adquirida en función del puesto de trabajo del empleado Es un documento acreditado por la FLC – Fundación Laboral de la Construcción dentro del convenio general del sector de la construcción. Para obtener la TPC, es requisito imprescindible haber recibido, al menos, la formación inicial (Aula Permanente). Además tiene una validez de 5 años, y por ello a partir de esa fecha hay que renovarla.

Una de las ventajas de la TPC es poderla recibir de forma gratuita para los empleados que actualmente estén trabajando o hayan trabajado más de 30 días en empresas del Convenio General del Sector de la Construcción en los últimos 5 años. También a modo de currículo laboral, la Tarjeta demuestra la cualicación y la experiencia profesional en el sector de la construcción, y sirve para acreditar la formación en materia de prevención de riesgos laborales de la Fundación Laboral de la Construcción.

Para solicitar la TPC se debe entregar el impreso de solicitud de la tarjeta debidamente cumplimentado, fotografía reciente en tamaño carné, fotocopia del DNI/NIE o tarjeta de residencia, y original o fotocopia compulsada del diploma o certicado que acredite que el solicitante ha recibido, al menos, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el actual Convenio

Además, para el trabajador por cuenta ajena, se aportará informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 90 días inmediatamente anteriores a la solicitud, junto al certicado de empresa para la Fundación Laboral de la Construcción según el modelo del Convenio General del Sector de la Construcción, o certicado de empresa para el Servicio Público de Empleo, o el documento original o fotocopia compulsada de los recibos de salarios, o contrato de trabajo.

Se puede renovar según indica el artículo 155 del VI del Convenio General del Sector de la Construcción, ya que dicho documento tiene una validez de cinco años desde su emisión. Las personas que deseen renovar su tarjeta deben presentar una solicitud igual que la primera vez, y al mismo tiempo debe acreditar al menos 30 días de alta en aquellas empresas que se encuentren encuadradas dentro del ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción. Este periodo de trabajo debe haberlo realizado cinco años antes de la solicitud de la renovación.

En definitiva la TPC es un certificado de la Fundación Laboral de la Construcción recogido en el Convenio General del Sector de la Construcción que demuestra que el empleado ha recibido la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales, y que cuenta con una experiencia profesional acreditada. El titular de la Tarjeta Profesional de la Construcción estará obligado a conservar la tarjeta en perfecto estado, comunicar a la Fundación Laboral de la Construcción las posibles modificaciones de los datos relevantes que figuren en su expediente, y también el robo o extravío de la tarjeta.

  • La Tarjeta Profesional de la Construcción es una herramienta estrechamente vinculada con la formación en materia de prevención de riesgos laborales que está a disposición de todos los trabajadores del sector metal que trabajan en las obras de construcción. Y por ello se permite demostrar la experiencia en el sector, la cualificación profesional, y la formación recibida.

En el Convenio Estatal del Metal se obliga a una formación mínima en materia de Prevención de Riesgos Laborales, para todos los trabajadores del Metal, que busca a reducir la siniestralidad y potenciar la cultura preventiva en el trabajo, al tratarse de actividades con altos índices de accidentalidad. Durante 3 años los empresarios deben adaptarse paulatinamente a la nueva situación, aportando a cada empleado su deber de protección, una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada en materia de PRL, formación que puede bonificarse mediante Formación programada.

La TPC también va dirigida a los trabajadores en alta, o en situación de incapacidad temporal que presten sus servicios en las empresas dentro de los sectores de actividad indicados en el artículo 44.1 del Acuerdo Estatal del Sector Metal, que trabajen en obras de construcción, por ejemplo: Construcción de carreteras y autopistas, Construcción de redes para fluidos, Construcción de redes eléctricas y telecomunicaciones, Construcción de otros proyectos de ingeniería civil, Instalación eléctrica, Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado, Otras instalaciones en obras de construcción, Instalación de carpintería, y otras actividades de construcción especializada. También a trabajadores desempleados que acrediten más de 30 días de alta en las empresas señaladas en los sectores anteriores, que trabajan en obras de construcción, en el período de doce meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

Se dan distintas alternativas para la Tarjeta Profesiona del Metal, como la que va dirigido a directivos, personal de oficina, operaciones en trabajos de soldadura y oxicorte, operarios de máquinas de mecanizado por arranque de viruta, trabajos de fontanería, instalaciones de calefacción-climatización, instalaciones de agua caliente sanitaria e instalaciones solares térmicas, conductores de carretillas elevadoras, trabajos de instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, automatismos y su programación, operarios en actividades de premontaje, montaje, cambio de formato y ensamblaje en fábricas, trabajos en mecánica, mantenimiento y reparación de máquinas, equipos industriales y/o equipos electromecánicos, trabajos de carpintería metálica, operarios en almacén y logística y aprovisionamiento en los procesos de fabricación, etc.

Algunas novedades van relacionadas con los cursos de reciclaje de 4 horas cada tres años, formación obligatoria para cualquier empleado de una empresa del metal (independientemente de si entra en obra o no), o los plazos de entrada en vigor (18 meses para los reciclajes y 3 años a razón de 1/6 de la plantilla cada 6 meses para la formación según convenio de todos los trabajadores de la empresa), o convalidación entre formación de obra y formación de taller.