El Permiso Individual de Formación: un impulso a la Formación Bonificada

El Permiso Individual de Formación: un impulso a la Formación Bonificada

Tabla de Contenidos

En el ámbito de la formación continua, existe una figura clave que facilita a las personas trabajadoras la ampliación de sus competencias sin que deban renunciar a sus derechos laborales: el Permiso Individual de Formación (PIF). Se trata de un instrumento contemplado en la Ley 30/2015, y detallado en el Real Decreto 694/2017, que busca unir el desarrollo profesional del empleado con los intereses de la empresa y las exigencias de un mercado laboral en constante evolución.

 

El Permiso Individual de Formación se concede cuando la empresa autoriza a un trabajador a destinar parte de su jornada laboral a la realización de acciones formativas reconocidas oficialmente. De esta manera, la persona puede obtener una titulación o certificación con validez estatal —como pueden ser títulos de Formación Profesional, Certificados de Profesionalidad o Títulos Universitarios Propios— y, al mismo tiempo, la empresa se beneficia de un equipo humano con mayor cualificación.

 

El PIF también puede cubrir la participación en procesos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia o de formaciones no formales. Además, esta formación no debe ser obligatoria para la empresa; es decir, no se incluye aquella que la compañía esté legalmente obligada a impartir, como por ejemplo la formación en prevención de riesgos laborales.

 

 

Cómo se financia

 

La principal ventaja de este permiso para las empresas es que pueden bonificarse los costes salariales (sueldo base, antigüedad, complementos fijos y pagas extraordinarias), así como las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante las horas laborales destinadas a la formación. Es decir, el salario correspondiente a esas horas puede recuperarse mediante el sistema de bonificaciones en formación.

 

Dicha financiación presenta un límite de 200 horas anuales, ya sea por curso académico o por año natural. En el caso de trabajadores con horario nocturno, incluso las horas de descanso que coincidan con su horario laboral pueden imputarse como tiempo formativo. También se contempla el período de desplazamiento como parte de las horas laborales, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

 

Características del PIF.

 

Para solicitar el PIF, la persona interesada tiene que requerir a su empresa la autorización a través de un documento específico (un modelo de solicitud). Si la organización deniega el permiso, debe argumentarlo objetivamente con motivos de producción o de organización, e informar formalmente al trabajador.

 

La acción formativa ha de cumplir uno de los siguientes criterios de validez oficial:

 

  1. Titulación oficial: expedida por el organismo público competente y con reconocimiento en todo el territorio nacional.
  2. Acreditación oficial: contemplada en normativa estatal y emitida por la administración correspondiente.
  3. Título Universitario Propio: que cuente con la consideración oficial de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la universidad que lo otorga.
  4. Títulos de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad: validados por la administración educativa competente.
  5. Evaluación y acreditación de competencias: recogidas en el Real Decreto 1224/2009, enfocadas a reconocer la experiencia laboral y la formación no formal o informal.

 

El Permiso Individual de Formación ofrece un escenario ganar-ganar: por un lado, los trabajadores se ven respaldados económicamente durante su proceso formativo y, por otro, la empresa obtiene personal altamente cualificado y preparado para asumir nuevos retos. Este mecanismo fomenta la competitividad y la innovación en el tejido productivo, al incentivar el progreso profesional de las plantillas. Además, se convierte en una política de recursos humanos que promueve la motivación y la fidelización de los empleados.

 

En definitiva, el Permiso Individual de Formación es como una figura esencial para impulsar la mejora de las competencias profesionales, reforzando a la vez el crecimiento empresarial. Su amparo legal —conteniendo las garantías tanto para la persona trabajadora como para la entidad— y su sólida vinculación con las exigencias de un mercado laboral dinámico lo convierten en un instrumento de formación atractivamente rentable.

 

Si estás valorando incrementar tu formación o la de tu equipo, conviene prestar atención a las características y requisitos del PIF.

 

Aenoa organiza un curso sobre los PIF:

https://aenoa.com/evento/curso-de-pif-permisos-individuales-de-formacion-novedades-2025/