El gobierno pone en marcha un Plan Extraordinario por el Empleo, regulando un conjunto de programas de formación y de empleo, de carácter urgente y extraordinario, para atender de forma inmediata a las situaciones de emergencia de nuestro mercado de trabajo, a fin de ofrecer oportunidades ciertas e inmediatas de empleo y formación a personas desempleadas de la región, en especial a las que tienen más dificultades en obtener un puesto de trabajo.
La finalidad del Plan consiste en acelerar el acceso a un primer empleo de calidad a las personas jóvenes desempleadas de Castilla-La Mancha, dando respuestas adecuadas a su nivel de cualificación, así como a ofrecer una oportunidad de empleo a las personas que sufren el paro de larga duración, aquellas que han agotado su protección por desempleo y a las de mayor edad.
A tal efecto, el Plan se articula en dos grandes ejes, dentro de los que se incluyen las siguientes líneas de ayudas:
a) Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven:
1º. Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación.
2º. Ayudas para la formalización de contratos en prácticas “contratos puente”.
3º. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje y de los contratos en prácticas.
b) Programa de rescate frente al desempleo de larga duración:
1º. Plan de empleo para las personas que han agotado su protección por desempleo.
2º. Programa Garantía +55 años.
3. Al mismo tiempo, para las personas contratadas a través de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas y para las personas mayores de 55 años, se ofrece la posibilidad de ayudas para el establecimiento por cuenta propia.
Las subvenciones del “Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven”, cuyas bases reguladoras están contenidas en este decreto, se articulan a través de las siguientes líneas de subvención:
a) Ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación. Su objeto es fomentar la formalización de dichos contratos, para facilitar el acceso a un primer empleo de calidad vinculado a la formación.
b) Ayudas para la formalización de los contratos en prácticas. Estos “contratos puente” tienen por objeto facilitar un primer empleo de calidad a personas jóvenes desempleadas que tengan una cualificación profesional.
c) Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos en prácticas. Su objeto es fomentar la estabilidad en el empleo de jóvenes que se hayan incorporado al mercado laboral, mediante contratos iniciales bien de formación y aprendizaje o de prácticas.