En los Presupuestos Generales de 2017 se indica que las políticas de empleo buscan conseguir un funcionamiento más eficaz del mercado laboral, fortalecer un modelo productivo y garantizar la protección social en materia de desempleo, en las situaciones especiales de regulación de empleo y en las derivadas de empresas en situación de insolvencia.
Según la Estrategia Europa 2020, que persigue el crecimiento económico y el empleo, se establecen objetivos básicos para el logro de la cohesión social y el desarrollo sostenido. El programa de Fomento de la inserción y estabilidad laboral ha de constituirse en un instrumento eficaz para el cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional de Reformas, tanto los definidos en el eje 1, “Fomento del espíritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de trabajadores, empresas y empresarios”, como en el eje 2, “Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres”.
Adicionalmente, este programa ha de ser el instrumento para cumplir los objetivos pendientes de alcanzar en los Programas Operativos cofinanciados por el Fondo Social Europeo en los que participe el Servicio Público de Empleo Estatal, ya que parte de los servicios o programas ejecutados con cargo a fondos incluidos en este programa presupuestario se cofinanciarán por el Fondo Social Europeo. Más info en www.aenoa.com
En los presupuestos generales de Empleo de 2017, además indican que durante el periodo 2014-2020, el Servicio Público de Empleo Estatal participa en los Programas Operativos de Empleo Juvenil, de Empleo, Formación y Educación y de Inclusión Social y de la Economía Social. Asimismo, este programa presupuestario contiene la financiación para alcanzar los objetivos contemplados en la Estrategia Española de Activación para el Empleo aplicable en 2017.
En cuanto al programa de Fomento de la inserción y estabilidad laboral se ponen en marcha dos grandes tipos de actuaciones: Fomento y gestión del empleo y FP. En el apartado de Formación profesional para el empleo, se cuenta con una fuente de financiación propia y específica como es la cuota de formación profesional. En este sentido la Ley 30/2015, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, establece el carácter finalista de la cuota de formación profesional para la financiación de dicho sistema.
Para el desarrollo de las actuaciones previstas se presupuestan y establecen objetivos en materia de políticas activas para el empleo integrados en los ejes definidos en el artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, y de acuerdo con diversos criterios, con la finalidad última de conseguir que un mayor número de desempleados participen en los servicios y programas desarrollados por los Servicios Públicos de Empleo para mejorar su capacidad de inserción y lleguen, de esta forma, a su efectiva inserción en el mercado laboral.
El cambio de modelo de políticas activas de empleo supone el tránsito desde un modelo de financiación y gestión articulado en torno a instrumentos jurídicos pensados para programas establecidos centralizadamente, a un nuevo modelo acorde con las competencias de las CCAA en el marco de la necesaria garantía de la Unidad de Mercado y cuya financiación, ejecución, control y evaluación se orientan hacia la consecución de determinados objetivos, siguiendo directrices y ejes prioritarios de actuación previamente establecidos.
Según lo previsto en la Ley de Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo concretarán, con carácter anual, los objetivos de la Estrategia Española de Activación para el Empleo a alcanzar en cada año en el conjunto de España y en cada una de las Comunidades Autónomas, así como los indicadores que se van a utilizar para conocer y evaluar el grado de cumplimiento de los mismos.
Los Planes contendrán la previsión de los servicios y programas de políticas activas de empleo y de intermediación laboral que se proponen llevar a cabo tanto las CCAA en el ejercicio de sus competencias de ejecución en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo, como el Sepe en su ámbito competencial. El diseño y desarrollo de los servicios y programas integrados en los ejes definidos en el citado artículo 10.4 corresponden a las CCAA en el ámbito de sus competencias.
Asimismo, según los presupuestos generales del Estado, el Sepe diseñará y desarrollará estos servicios y programas en su ámbito competencial. Además, dichos servicios y programas tendrán en cuenta los contenidos comunes establecidos en la normativa estatal de aplicación y reglamentariamente se regularán servicios, programas y contenidos comunes que serán de aplicación en todo el territorio del Estado. La ejecución de los servicios y programas corresponde con carácter general a las CCAA que han asumido el traspaso de la gestión en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación de acuerdo con los correspondientes reales decretos de transferencias.
Por otro lado, corresponden al Sepe Estatal las funciones de programación, gestión y control de la formación profesional para el empleo en los supuestos previstos en el artículo 24.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que incluyen:
- Las actividades de evaluación, seguimiento y control de las iniciativas de formación financiadas mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que se aplican las empresas.
- Programas o acciones formativas que trasciendan el ámbito territorial de una CCAA y requieran de la intervención del Sepe para garantizar una acción coordinada y homogénea. Se incluyen las convocatorias de concesión de subvenciones de ámbito estatal para la ejecución de acciones formativas.
- Acciones formativas relacionadas con el ejercicio de competencias exclusivas del Estado según lo dispuesto en el artículo 18.h) del texto refundido de la Ley de Empleo.
- Acciones formativas en el ámbito territorial de Ceuta y Melilla.
Además, durante 2017 se potenciarán las medidas contra el desempleo juvenil recogidas en el marco de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, así como las derivadas de la Ley 18/2014 de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que incluye medidas de fomento de la empleabilidad y la ocupación a través de la implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cuyos objetivos son establecer un procedimiento de atención a los beneficiarios del mismo y nuevas medidas de apoyo a la contratación para el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación.