El establecimiento de una acción de prevención de riesgos integrada en la empresa supone la implantación de un plan de prevención de riesgos que incluya la estructura organizativa, la definición de funciones, las prácticas, los procedimientos y los recursos necesarios para llevar a cabo dicha acción.
En la estructura organizativa hay que definir qué modalidad preventiva se adopta para la empresa (servicio de prevención ajeno, propio, mancomunado o asunción de la prevención con recursos propios) y a continuación quienes y qué funciones asumirán. Pero antes de poder elegir a unos u otros trabajadores para asignarles una función preventiva, hay que saber qué formación requieren cada una de esas figuras, y por otro lado, qué entidad o qué persona la puede impartir.
Son 5 las figuras principales enunciadas en el título de esta ponencia y cada una de ellas está definida en el marco normativo de la Ley de Prevención y los reales decretos relacionados con la misma.
Autor: Leziona