
Metodología de valoración de la Convocatoria de subvenciones del programa estatal de Oferta para ocupados
Para valorar las solicitudes se tendrán en cuenta los criterios de la convocatoria, y que se corresponden con los siguientes apartados:
- a) Colectivos prioritarios. Puntuación máxima de 20 puntos.
- b) Adecuación de la oferta formativa. Puntuación máxima de 50 puntos.
- c) Capacidad de la entidad o entidades para desarrollar los programas formativos. Puntuación máxima de 25 puntos.
- d) Diversificación de la oferta formativa. Puntuación máxima de 5 puntos.
- e) Grado de ejecución de la subvención de las entidades en convocatorias anteriores.
No se financiarán programas de formación que obtengan menos de 50 puntos en la valoración técnica de la solicitud.
COLECTIVOS PRIORITARIOS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN. PESO TOTAL: 20 PUNTOS
Se valorará la participación de los colectivos prioritarios a los que se dirigen las acciones del programa, considerando el porcentaje de participantes perteneciente a dichos colectivos en el conjunto del programa. Para ello se tendrá en consideración la información aportada en la solicitud en el apartado correspondiente. Se valorará la participación de los colectivos prioritarios en el proyecto que se describe a continuación:
– Jóvenes menores de 30 años,
– Mujeres,
– Personas trabajadoras con bajo nivel de cualificación,
– Personas trabajadoras mayores de 45 años,
– Personas trabajadoras con discapacidad,
– Personas desempleadas de larga duración,
– Trabajadores de pymes,
– Personas trabajadoras con contrato temporal,
– Trabajadores con contrato a tiempo parcial,
– Personas trabajadoras que se encuentran en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE),
– Trabajadores afectados por la activación del Mecanismo RED,
– Personas trabajadoras que hayan sido determinadas como colectivo prioritario por la Estructura o Comisión Paritaria,
Respecto a la disposición de Recursos Humanos de orientación formativa (itinerarios formativos a los participantes) y profesional (sociolaboral), con una puntuación máxima de 7 puntos.
Para medir este ítem se tendrá en consideración la existencia de recursos humanos de la entidad beneficiaria dedicados al desarrollo y ejecución de los programas de formación y la disponibilidad o no de equipo de orientadores y los recursos adicionales de orientación puestos a disposición de los participantes para la realización de las actuaciones de orientación en la ejecución del programa formativo.
En el caso de agrupaciones, se obtendrá la puntuación por cada entidad y se realizará la media aritmética entre el sumatorio de las puntuaciones y el número de entidades beneficiarias.
DISPOSICIÓN DE RRHH DE ORIENTACIÓN FORMATIVA Y PROFESIONAL
- No disponen de RRHH de orientación 0
- Disponen de RRHH dedicados a la orientación formativa, y el programa formativo describe las actuaciones de orientación formativa que se van a llevar a cabo (itinerarios formativos a los participantes) 3
- Disponen de RRHH de orientación profesional y el programa formativo describe las actuaciones de orientación profesional que se van a llevar a cabo (orientación sociolaboral a los participantes) 5
4.Disponen de RRHH de orientación formativa (itinerarios formativos a los participantes) y orientación profesional y el programa formativo describe las actuaciones de orientación tanto formativa y como profesional que se van a llevar a cabo (orientación sociolaboral a los participantes) 7
TOTAL 7
GRADO DE EJECUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE LAS ENTIDADES EN CONVOCATORIAS ANTERIORES
Se valorará el grado de ejecución de la subvención de las entidades en relación con la subvención concedida respecto de las 2 últimas convocatorias de ámbito estatal (Programas de Oferta 2018 y TIC´S 2018).
Para medir el grado de ejecución de las convocatorias se tomará el valor obtenido de la relación entre el importe acreditado en la certificación de finalización del programa de formación y la ayuda concedida en las convocatorias de referencia.
DIVERSIFICACIÓN DE LA OFERTA FORMATIVA
Diversificación de la oferta en acciones formativas prioritarias determinadas por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, las Estructuras o Comisiones Paritarias Sectoriales Estatales, por la Comisión Mixta Estatal; las organizaciones más representativas o las representativas de los trabajadores autónomos y de la economía social, según los ámbitos. Con una puntuación máxima de 5 puntos.
Se trata de valorar el esfuerzo diversificador en los programas que contemplen una mayor diversidad de acciones formativas prioritarias determinadas por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, las Estructuras o Comisiones Paritarias Sectoriales Estatales, por la Comisión Mixta Estatal, las organizaciones más representativas o las representativas de los trabajadores autónomos y de la economía social, según los ámbitos, con el objeto de evitar la concentración de la formación y primar la variedad en la oferta formativa.
La puntuación se obtendrá cuando la entidad formativa acredite un plan de igualdad en vigor y registrado en el correspondiente Registro. En el caso de las agrupaciones de entidades, se obtendrá la puntuación por cada una de las entidades y, posteriormente se realizará la media aritmética entre el sumatorio de las puntuaciones y el número de entidades beneficiarias.
Implantación de sistemas de calidad, con una puntuación máxima de 7 puntos.
Se valorará la implantación de sistemas de calidad con certificación emitida por entidades acreditadas por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), asimismo se tendrán en cuenta las certificaciones emitidas por organismos de acreditación de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, siempre que dichos organismos se hayan sometido con éxito al sistema de evaluación previsto en el Reglamento (CE) n.º 765/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo. Las certificaciones deberán estar implantadas en cada una de las instalaciones donde se imparta la formación. Dicha certificación deberá aportarse junto a la documentación que conforma la solicitud de subvención.
Para obtener la puntuación la instalación deberá estar acreditada en las siguientes normas:
Gestión de la calidad (Norma ISO 9001 o certificado de calidad y excelencia EFQM), Certificación Medioambiental (Norma ISO 14001) y Seguridad Informática (Norma ISO 27001).
En el caso de las entidades solicitantes de la Resolución de Convocatoria, se otorgarán los puntos si la entidad solicitante dispone de las citadas acreditaciones en las condiciones indicadas en el párrafo anterior. Si dispone de varias instalaciones, la puntuación se asignará para cada instalación que aporte la certificación obteniendo la media aritmética. En el caso de las agrupaciones, la puntuación se calculará para cada una de las entidades de la misma forma que la detallada en el párrafo anterior, sumándose la puntuación obtenida por cada una y obteniendo la media aritmética.